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Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Civil

Abuso del derecho de litigar. Cuando se promueve un proceso o se realiza una actuación judicial con temeridad o mala fe. Responsabilidad de naturaleza civil extracontractual. Temeridad y dilación en el ejercicio de la acción pauliana para solicitar la revocatoria de un contrato de compraventa
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrado sustanciador: Dr. Arturo Solarte Rodríguez
Sentencia: Noviembre 1º de 2013
Referencia: Expediente 08001-3103-008-1994-26630-01
Decisión: No casa
Gaceta 246 pág. 7

ABUSO DEL DERECHO. Como especie de la responsabilidad civil, sólo puede ser fuente de indemnización cuando se pruebe que existen los tres elementos clásicos de ella: culpa, daño y relación de causa o efecto entre aquélla y éste
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Nicolás Bechara Simancas
Sentencia: Junio 8 de 1999
Referencia: Expediente 5157
Gaceta 77 pág. 5

ABUSO DEL DERECHO. Constituye una especie particular de la culpa aquiliana. Responsabilidad civil derivada. Dolo o culpa en la denuncia de infracciones penales
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Pedro Lafont Pianetta
Sentencia: Febrero 6 de 1998
Referencia: Expediente 5007
Gaceta 61 pág. 5

ABUSO DEL DERECHO. Cuando el denunciante de una infracción penal actúa con intención de perjudicar al denunciado, o lo hace sin el cuidado con el que normal y ordinariamente obran las personas prudentes, y de tal proceder se genera un daño, aquél incurre en la responsabilidad civil prevista en el artículo 2341 del Código Civil, quedando obligado a resarcir el perjuicio causado al sindicado
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Nicolás Bechara Simancas
Sentencia: Septiembre 17 de 1998
Referencia: Expediente 5096
Gaceta 68 pág. 5

Abuso del derecho. En materia contractual. El llamado «poder de negociación» de las entidades crediticias
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Carlos Esteban Jaramillo Schloss
Sentencia: Octubre 19 de 1994
Referencia: Expediente 3972
Gaceta 21 pág. 17

Abuso del derecho. Este fenómeno jurídico tiene ocurrencia en dos eventos distintos: cuando se ejerce con la única intención de causar un daño o sin motivo legítimo, esto es, correctamente en el sentido de la legalidad, pero injustamente, lo que sucede en los actos propiamente abusivos, y cuando se ejerce de una manera mal dirigida, es decir, distinta de su propia y natural destinación o por fuera de sus límites adecuados, casos estos en que la intención maliciosa cede su lugar preferentemente a la desviación en el ejercicio del derecho como elemento estructural de la culpa, siendo estos los llamados actos abusivos. La formulación de una denuncia por hechos presuntamente delictuosos. El resultado favorable al denunciado no basta para deducirle responsabilidad al denunciante, sino que es necesario demostrar, además del daño y la relación causal, la intención dañina con que se obró, o la negligencia o imprudencia que se observó, porque los elementos definitorios de esta responsabilidad se enmarcan dentro del esquema de la teoría de la responsabilidad subjetiva. Cuando se demanda a una persona jurídica para que repare los perjuicios resultantes de la culpa cometida por sus subalternos, en ejercicio de sus funciones o por razón de ellas, no se le llama a responder por los actos de sus dependientes, sino de las consecuencias de sus propios actos. Demostración del yerro fáctico en casación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. José Fernando Ramírez Gómez
Sentencia: Noviembre 7 de 2000
Referencia: Expediente 5476
Gaceta 94 pág. 5

ABUSO DEL DERECHO. Los criterios para la determinación del abuso del derecho en un caso concreto no han sido definidos por la ley, pues de manera escueta ella sólo se limita a pregonar que “el que abuse de sus derechos estará obligado a indemnizar los perjuicios que cause” (artículo 830 del Código de Comercio). Así, se ha señalado que tanto el dolo o deseo de causar daño, como la culpa, los límites objetivos del derecho del que se pregona su abuso, el fin económico y social de la norma que consagra el derecho, y hasta la moral social contemporánea han sido puestas como guías o pautas para aplicar la teoría del abuso de los derechos, sobre la base de la relatividad de los mismos. En suma, se le ha dejado al recto y sano criterio del fallador la configuración en un determinado caso de conductas que puedan ser calificadas de abusivas. Ahora, si bien el derecho a la reparación de los daños debe estar sustentado en la existencia del abuso como causa generatriz de responsabilidad, también es lo cierto que la condena a pagar los perjuicios causados por el mismo debe ir precedida tanto de la comprobación de que ese abuso ocasionó un perjuicio bien por daño emergente o lucro cesante o ya por daños extrapatrimoniales, como de la acreditación de la cuantía de aquellos, lo que no siempre es labor de fácil ejecución, a tal punto que en este campo se le ha reconocido al juez un amplio poder de discreción, pero que (hoy con más veras en virtud del artículo 16 de la Ley 446 de 1998), debe en todo caso respetar los principios de la reparación integral, la equidad y los criterios técnicos actuariales
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Sentencia: Abril 1º de 2003
Referencia: Expediente 6499
Decisión: Casa sentencia impugnada
Gaceta 123 pág. 5

ABUSO DEL DERECHO. Responsabilidad civil derivada de infracciones penales. Para deducir responsabilidad civil frente a quien ha denunciado a otro como autor de la comisión de un hecho punible, no basta la declaratoria de improcedibilidad de la acción penal o la terminación del proceso, sino que es necesario acreditar plenamente el ánimo de perjudicar o que por parte del denunciante existió un error de conducta al formular la denuncia, en virtud a que en este tipo de controversias es punto de partida la presunción de buena fe que ampara las actuaciones de los particulares en todas las gestiones que adelantan ante las autoridades públicas. Procedencia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Edgardo Villamil Portilla
Sentencia: Enero 27 de 2005
Referencia: Expediente 7653
Decisión: No casa
Gaceta 144 pág. 5

ABUSO DEL DERECHO. Responsabilidad originada. La regla general es que el correcto, mesurado y diligente uso de un derecho, así genere consecuencialmente un daño, no engendra responsabilidad, pero su desviación o distorsión, sea porque se ejerce con la fría intención de causar daño, o porque no existe un interés actual y propio, o porque se desarrolla con evidente imprudencia o negligencia, supone necesariamente un reproche de la ley, a la vez que de los operadores jurídicos. No obstante este entendimiento, al mismo no le puede seguir como apodíctica consecuencia, que al ejercicio legítimo de un derecho, o al cumplimiento de un deber legal, puede hacérsele juicio de reproche por la sola circunstancia de que aquél, ulteriormente resulte frustráneo, o porque éste -el deber- no genere las consecuencias jurídicas que justifican su razón de ser, menos aún si, hoy por hoy, gracias a su elocuente elevación -jerárquica- a canon constitucional, es necesario presumir la buena fe en las actuaciones de los particulares ante las autoridades públicas
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo
Sentencia: Junio 23 de 2000
Referencia: Expediente 5464
Gaceta 89 pág. 5

ACCESIÓN. De las cosas muebles a inmuebles. Construcción y siembra en suelo ajeno. Principios de la buena fe, de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal y «superficies sólo cédit», consagrados en el artículo 739 del Código Civil. Derechos y obligaciones
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Jorge Antonio Castillo Rugeles
Sentencia: Marzo 31 de 1998
Referencia: Expediente 4674
Gaceta 62 pág. 5

ACCESIÓN. Industrial en bienes raíces. Reivindicación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Carlos Esteban Jaramillo Schloss
Sentencia: Abril 19 de 1993
Gaceta 7 pág. 15

ACCIDENTES DE TRABAJO. Indemnización común que debe pagar la entidad encargada de la seguridad social e indemnización por perjuicios reclamada al tercero (patrono) responsable del daño sufrido por la víctima (trabajador). La entidad administradora de riesgos profesionales podrá repetir, con sujeción a las normas pertinentes, contra el tercero responsable de la contingencia profesional, hasta por el monto calculado de las prestaciones a cargo de dicha entidad administradora, con sujeción en todo caso al límite de responsabilidad del tercero. Si la víctima o sus causahabientes obtuvieron indemnización, del monto reconocido deberá descontarse el valor de las prestaciones asumidas por la entidad administradora de riesgos profesionales
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. José Fernando Ramírez Gómez
Sentencia: Octubre 22 de 1998
Referencia: Expediente 4866
Gaceta 69 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Acción indemnizatoria por perjuicios causados. La fuerza mayor como causal eximente de responsabilidad. Ausencia de comportamiento culposo en el agente
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Rafael Romero Sierra
Sentencia: Febrero 27 de 1998
Referencia: Expediente 4901
Gaceta 61 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. En la responsabilidad por el hecho ajeno cometido en ejercicio de actividades peligrosas el demandado sólo se libera mediante la prueba de una causa extraña. Quien con el deber de cuidar y vigilar permite y aún autoriza que su pupilo desarrolle actividades que generan peligro para la comunidad, que exigen de quien las ejerza prudencia, pericia y diligencia, debe responder por los daños que ese pupilo ocasione, en razón de constituir, en sí misma, una laxitud esa permisividad y autorización en el manejo de actividades que de suyo, a más de requerir pericia y mesura, tienen la connotación del peligro por las consecuencias desastrosas que son capaces de generar
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Sentencia: Mayo 22 de 2000
Referencia: Expediente 6264
Gaceta 88 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Responsabilidad civil extracontractual derivada
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrada ponente: Dra. Ruth Marina Díaz Rueda
Sentencia: Julio 15 de 2010
Referencia: Expediente 1100131030132005-00265-01
Decisión: No casa
Gaceta: Nº 207 pág. 5

Accidentes de tránsito. Responsabilidad civil extracontractual que se predica respecto del propietario inscrito en el contrato de leasing
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrada sustanciadora: Dra. Ruth Marina Díaz Rueda
Sentencia: Abril 4 de 2013
Referencia: Expediente 11001310300820020941401
Decisión: Casa sentencia
Gaceta 240 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Responsabilidad derivada. Queda al talante de la víctima demandar a cada una de las personas naturales o jurídicas civilmente responsables, sólo una o todas ellas simultáneamente, por virtud de la solidaridad legal. Si tal efecto tuitivo de la víctima no desmerece por mediar distintas causas eficientes de donde puede dimanar la obligación de reparar los perjuicios a cargo de las personas que concurren a la realización del mismo daño, debe concluirse también que nada se opone a que en relación con uno de tales obligados el demandante deba eventualmente sobrellevar la carga de demostrar la culpa, y que frente a otros se halle relevado de hacerlo por obrar en contra de ellos la presunción de culpa; como igual cabe afirmar, con apoyo en similares fundamentos, que si varias personas se unen integrándose entre ellas un litisconsorcio facultativo por activa con el fin de demandar a una de las que potencialmente son civilmente responsables, no existe óbice para que un demandante se halle en la necesidad de demostrar la culpa, y otro quede exento de hacerlo por virtud de la presunción que obra contra el demandado, desde luego que individualmente ejercen una acción independiente y autónoma
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno
Sentencia: Septiembre 7 de 2001
Referencia: Expediente 6171
Gaceta 104 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Responsabilidad derivada. Si bien es cierto que la culpa del demandado constituye uno de los elementos que integran la responsabilidad civil, el Código Civil colombiano considera la hipótesis consistente en que a la generación del daño, objeto de reparación pecuniaria, concurra con aquélla la propia culpa de la víctima, en tanto ésta se haya expuesto a él imprudentemente, caso en el cual, en los términos del artículo 2357, “la apreciación del daño está sujeta a reducción”
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno
Sentencia: Abril 6 de 2001
Referencia: Expediente 6690
Gaceta 99 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Responsabilidad extracontractual. Indemnización de perjuicios. Liquidación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrado ponente: Dr. César Julio Valencia Copete
Sentencia: Agosto 6 de 2009
Referencia: Expediente 11001-31-03-011-1994-01268-01
Decisión: Revoca sentencia
Gaceta 195 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Responsabilidad patrimonial derivada de la muerte de personas. Certificación. Criterios. Determinación del lucro cesante y de los perjuicios morales y subjetivos. Referencia al transporte público de pasajeros
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M.P.: Dr. Jaime Alberto Arrubla Paucar
Sentencia: Junio 30 de 2005
Referencia: Expediente 1998-00650-01
Decisión: Casa sentencia
Gaceta 150 pág. 5

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Si con motivo de un choque de vehículos resulta perjudicado o lesionado uno de los pasajeros, en orden a determinar la responsabilidad civil, en estrictez, no cabe hablar de colisión de actividades peligrosas y, en tal virtud, la víctima puede utilizar a su favor las presunciones del artículo 2356 del Código Civil. El pasajero u ocupante, a no dudarlo, en su condición de tal, no despliega -por regla general- comportamiento alguno que pueda calificarse como peligroso. Su actividad, en relación con el automotor que lo transporta, de ordinario es típicamente pasiva y, por tanto, incapaz de generar un riesgo de cara a la conducción material del aquél
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo
Sentencia: Octubre 23 de 2001
Referencia: Expediente 6315
Gaceta 105 pág. 5

ACCIÓN CAMBIARIA. Determinación de la competencia. Para el cobro compulsivo de títulos valores
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. José Fernando Ramírez Gómez
Providencia: Enero 31 de 1997
Referencia: Expediente 6457
Gaceta 48 pág. 15

ACCIÓN CIVIL Y ACCIÓN PENAL. Si una persona es liberada de responsabilidad penal por un delito cuya responsabilidad se le imputó, tal absolución no se extiende a la responsabilidad civil emergente del mismo hecho, cuando dicho aspecto no fue abordado por el juez penal, dado el carácter absolutorio de la decisión, porque como bien se sabe la resolución sobre el resarcimiento del daño pende de una condición de procedibilidad, cual es la sentencia penal condenatoria. En otras palabras, si no hay condena penal, no hay decisión sobre la obligación indemnizatoria civil dentro del proceso penal. La decisión absolutoria penal sólo cierra el camino para pretender ante los jueces civiles la indemnización del daño proveniente del delito, cuando se adecua en alguna de las hipótesis previstas por el Código de Procedimiento Penal
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. José Fernando Ramírez Gómez
Sentencia: Agosto 12 de 2003
Referencia: Expediente 7346
Decisión: No casa
Gaceta 127 pág. 5

ACCIÓN CIVIL Y PENAL. Configuración del fenómeno de la cosa juzgada penal sobre lo civil. Respecto de pretensiones resarcitorias
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Manuel Ardila Velásquez
Sentencia: Octubre 12 de 1999
Referencia: Expediente 5253
Gaceta 81 pág. 5

ACCIÓN CIVIL. Acallamiento de la acción frente a las sentencias penales absolutorias. Referencia a las actividades peligrosas. Uno de los casos en que la acción civil se acalla por la decisión penal absolutoria, es la que emerge con la declaración de que el sindicado no cometió el hecho causante del perjuicio; situación en la que quedan comprendidos los acontecimientos que dependen de lo que se ha denominado una “causa extraña”, vale decir, aquellos en que, cual sucede con el caso fortuito o la fuerza mayor, entre el hecho y el daño se ha fracturado el nexo causal, indispensable para la configuración de la responsabilidad
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Manuel Isidro Ardila Velásquez
Sentencia: Marzo 26 de 2004
Referencia: Expediente 7622
Decisión: No casa
Gaceta 134 pág. 5

Acción reivindicatoria. Presupuestos
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-21822 del 15 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 05615 31 03 002 2001 00192 01
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

Acciones de grupo. Apunta exclusivamente a obtener el reconocimiento y pago de la correspondiente indemnización. Término de caducidad
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-016 del 24 de enero de 2018
Referencia: Rad. 11001-31-03-010-2011-00675-01
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Actividad bancaria. Protección de los usuarios
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-18476 del 15 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 68001-31-03-001-1998-00181-02
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Agencia comercial. Caracterización del contrato. Remuneración del agente
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-18392 del 9 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 73001-031-03-004-2011-00081-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Apelación de sentencias. Traslado a cada uno de los extremos litigiosos. Efectos de su inobservancia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-975 del 9 de abril de 2018
Referencia: Rad. 73349-31-03-002-2009-00083-01
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Bancos. Responsabilidad civil y actividad financiera
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

Capacidad de ejercicio. Presunción. La discapacidad como excepción. Efectos sobre los actos jurídicos. Relación entre capacidad y voluntad. Instrumento contentivo de la declaración
Corte  Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-19730 del 27 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 05001-31-03-007-2011-00481-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Capacidad y voluntad en los actos o negocios jurídicos. Requisitos de validez en las manifestaciones de voluntad. Efectos
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-19730 del 27 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 05001-31-03-007-2011-00481-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Condición resolutoria tácita. En los contratos bilaterales. Obligaciones de ejecución simultánea y sucesiva
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1209 del 20 de abril de 2018
Referencia: Rad. 11001-31-03-025-2004-00602-01
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Conexidad contractual. Obligaciones de las personas vinculadas a la cadena. Referencia al coligamiento
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-18476 del 15 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 68001-31-03-001-1998-00181-02
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Confesión. Simple, calificada y compuesta. Valoración de la prueba
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-20185 del 1º de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 11001-31-03-001-2010-00055-01
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Consentimiento informado o ilustrado. Naturaleza. Obligatoriedad. Efectos de su omisión
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-7110 del 24 de mayo de 2017
Referencia: Rad. 05001-31-03-012-2006-00234-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona
Gaceta 292 pág. 25

Contrato de seguro. Interés asegurable
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-18476 del 15 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 68001-31-03-001-1998-00181-02
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Contrato de seguro. Reclamaciones derivadas. Prescripción de acciones. Interrupción. Seguro de responsabilidad
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-130 del 12 de febrero de 2018
Referencia: Rad. 11001-31-03-031-2002-01133-01
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Cuantificación del daño. En procesos de responsabilidad civil
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

Daño moral y a la vida de relación. Distinción
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-20950 del 12 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 05001-31-03-005-2008-00497-01
Magistrado: Dr. Ariel Salazar Ramírez

Donaciones. Insinuación. Nulidad. Alcance
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1078 del 13 de abril de 2018
Referencia: Rad. 25269-31-03-001-2006-00210-01
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

El daño. Como elemento estructural de la responsabilidad civil
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

El negocio de transacción. Naturaleza. En materia sucesoral
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-418 del 1 de marzo de 2018
Referencia: Rad. 17001 31 10 004 2011 00434 01
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

Exclusiones en el contrato de seguro. Interpretación del acuerdo convencional
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-129 del 12 de febrero de 2018
Referencia: Rad. 11001-31-03-036-2010-00364-01
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Eximentes de responsabilidad. Determinación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

Fiducia. Extinción. Por la pérdida del único bien sobre el cual recae su objeto. Intromisión de quien no es parte del negocio fiduciario
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-20450 del 7 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 11001-31-03-012-1998-04834-01
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

Intermediación en la distribución de productos. Agencia comercial. Características de independencia y permanencia. Diferencia con otros contratos
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1121 del 18 de abril de 2018
Referencia: Rad. 05001-31-03-016-2007-00128-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Jurisdicción y competencia. Fundamento y atributos. Inmodificabilidad. Aplicación inmediata de la norma procesal
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

Laudos arbitrales extranjeros. Reconocimiento en Colombia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-877 del 23 de marzo de 2018
Referencia: Rad. 11001-02-03-000-2017-00080-00
Magistrado: Dr. Ariel Salazar Ramírez

Liquidación de sociedades comerciales. Responsabilidad de los liquidadores. Acciones originadas. Prescripción
Corte  Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-19300 del 21 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 11001-31-03-025-2009-00347-01
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Llamamiento en garantía. Naturaleza y procedencia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1304 del 27 de abril de 2018
Referencia: Rad. 13001-31-03-004-2000-00556-01
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

Maniobras fraudulentas. Como causal del recurso de revisión
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-20447 del 7 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 11001 0203 000 2012 02246 00
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

Negocios jurídicos simulados. Posición de los titulares del derecho de alimentos. Referencia a la legitimación en la causa
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-21761 del 18 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 11001-31-03-043-2007-00692-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Prescripción adquisitiva. Derivada de la posesión regular. Requisitos. Referencia a la inscripción de la demanda
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-19903 del 29 de noviembre de 2017
Referencia: rad. 73268-31-03-002-2011-00145-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Prescripción extintiva. Acción declarativa pura y de condena. El caso de la acción simulatoria
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-21801 del 15 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 05101 31 03 001 2011 00097 01
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

Proceso civil. Sentencia anticipada. Procedencia. Referencia a la homologación de sentencias extranjeras
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-18205 del 3 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 11001-02-03-000-2017-01205-00
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Recursos administrados por las cajas de compensación familiar. Titularidad. Referencia a la legitimación en la causa
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

Regla de consonancia. Configuración
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-1230 del 25 de abril de 2018
Referencia: Rad. 08001-31-03-003-2006-00251-01
Magistrado: Dr. Luis Alonso Rico Puerta

Responsabilidad médica. Elementos que la estructuran para obtener el derecho a indemnización
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-21828 del 19 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 08001-31-03-009-2007-00052-01
Magistrado: Dr. Álvaro Fernando García Restrepo

Seguro de responsabilidad. Finalidad y características
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-20950 del 12 de diciembre de 2017
Referencia: Rad. 05001-31-03-005-2008-00497-01
Magistrado: Dr. Ariel Salazar Ramírez

Sentencia anticipada. Procedencia. En el Código General del Proceso
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-18205 del 3 de noviembre de 2017
Referencia: Rad. 1001-02-03-000-2017-01205-00
Magistrado: Dr. Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo

Sistema general de seguridad social en salud. Principios. Responsabilidad médica. Obligaciones de medio y resultado
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-003 del 12 de enero de 2018
Referencia: Rad. 11001-31-03-032-2012-00445-01
Magistrado: Dr. Luis Armando Tolosa Villabona

Testamentos. Nulidad, saneamiento y ratificación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-418 del 1 marzo de 2018
Referencia: Rad. 17001 31 10 004 2011 00434 01
Magistrada: Dra. Margarita Cabello Blanco

VIOLACIÓN DE NORMA SUSTANCIAL. Vía directa e indirecta. Error de hecho y de derecho
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. José Fernando Ramírez Gómez
Sentencia: Marzo 7 de 1997
Referencia: Expediente 4636
Gaceta 50 pág. 27

VIOLACIÓN DE NORMAS DE DERECHO SUSTANCIAL. Como causal de casación. Configuración. Técnica que debe emplear el casacionista. Valoración probatoria. Hipoteca. Simulación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Carlos Esteban Jaramillo Schloss
Sentencia: Julio 23 de 1996
Referencia: Expediente 4713
Gaceta 42 pág. 20

VIOLACIÓN DE NORMAS DE DERECHO SUSTANCIAL. En el campo probatorio. Las normas de derecho sustancial pueden resultar vulneradas como consecuencia de errores cometidos por el juzgador en el ámbito de la apreciación de las pruebas producidas en el proceso con la finalidad de demostrar los fundamentos fácticos de la pretensión. Distinción entre error de hecho y de derecho. Corresponde al recurrente demostrarlos
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. José Fernando Ramírez Gómez
Sentencia: Octubre 20 de 1999
Referencia: Expediente 4981
Gaceta 81 pág. 24

Violación de normas sustanciales. Manifestaciones
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC7978 del 23 de junio de 2015
Referencia: Rad. 70215-31-89-001-2008-00156-01
Magistrado: Dr. Fernando Giraldo Gutiérrez
Decisión: No casa
Gaceta 267 pág.
140

VIOLACIÓN DE NORMAS SUSTANCIALES. Se puede presentar al margen de toda discusión sobre la plataforma fáctica del litigio, caso en el cual la queja casacional debe encauzarse por la vía directa, o como consecuencia de yerros jurídicos o fácticos del juzgador en la tarea de apreciar las pruebas, evento en el cual la infracción de aquéllas se produce por rebote, es decir, de forma indirecta. Pero una y otra vía, en cuanto ligadas a una misma apreciación del fallo, no se pueden entremezclar en un mismo cargo, dado que se repelerían mutuamente, sin que la Corte pueda escoger el camino por cuenta del censor, dada la naturaleza eminentemente dispositiva que se predica del recurso de casación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Edgardo Villamil Portilla
Sentencia: Noviembre 10 de 2003
Referencia: Expediente 7285
Decisión: No casa
Gaceta 130 pág. 15

VIOLACIÓN DE NORMAS SUSTANCIALES. Tratamiento en casación. Denunciada la violación directa de la ley, el impugnante debe mostrar su plena conformidad con las conclusiones probatorias. Referencia a la responsabilidad por ejercicio de actividades peligrosas
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno
Sentencia: Febrero 19 de 2002
Referencia: Expediente 7087
Decisión: No casa
Gaceta 109 pág. 14

Violación de normas sustantivas. Por vía indirecta: error de hecho y de derecho. Configuración
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-17162 del 14 de diciembre de 2015
Referencia: Rad. 73001-31-10-002-2010-00026-01
Magistrado: Dr. Fernando Giraldo Gutiérrez
Decisión: No casa sentencia
Gaceta 271 pág. 128

Violación directa de la ley sustancial. El recurrente no puede apartarse en lo mínimo de las consideraciones que en el campo fáctico ha llegado el Tribunal, sino que, por el contrario, aceptando aquéllas, debe ocuparse en demostrar por qué se produjo la violación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Nicolás Bechara Simancas
Sentencia: Febrero 16 de 2000
Referencia: Expediente 5363
Gaceta 85 pág. 18

Violación directa de la ley sustancial. El recurrente no puede separarse de las conclusiones a que en la tarea del examen de los hechos haya llegado el tribunal
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Sentencia: SC-13630 del 7 de octubre de 2015
Referencia: Rad. 73411-31-03-001-2009-00042-01
Magistrado: Dr. Ariel Salazar Ramírez
Decisión: No casa sentencia
Gaceta 270 pág. 103

Violación directa de normas sustantivas. Configuración en casación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
Magistrado sustanciador: Dr. Fernando Giraldo Gutiérrez
Sentencia: Noviembre 14 de 2014
Referencia: Expediente SC15746-2014
Decisión: No casa
VIOLACIÓN DIRECTA E INDIRECTA DE LA LEY. A causa de errores de hecho o de derecho. Aspectos diferenciadores
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Sentencia: Abril 4 de 2001
Referencia: Expediente 6366
Gaceta 99 pág. 26

VIOLACIÓN DIRECTA E INDIRECTA DE LA LEY. Si el recurrente acepta las conclusiones que en el terreno de los hechos obtuvo el Tribunal, pero discrepa de la aplicación -indebida u omitida-, o de la interpretación de las disposiciones llamadas a gobernar la solución del litigio, deberá encausar su réplica por el primero de los senderos señalados, mientras que si se aparta de las apreciaciones probatorias del sentenciador, o de la estimación que hizo de la demanda o de su contestación, por considerar que incurrir en error de hecho o de derecho, deberá perfilar su reproche por la segunda de las vías aludidas
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo
Sentencia: Agosto 12 de 2003
Referencia: Expediente 7304
Decisión: No casa
Gaceta 127 pág. 15

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY SUSTANCIAL. El ataque en casación por la vía de la violación directa de la ley sustancial, implica para el demandante el deber de aceptar los hechos que se declaran como demostrados y la valoración probatoria contenida en el fallo impugnado, en virtud de que el debate se realiza en un plano netamente jurídico a través del cual se demuestre que la vulneración de la norma o normas sustanciales que se invocan ponen de manifiesto la ilegalidad de la sentencia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Carlos E. Mejía Escobar
Sentencia: Octubre 22 de 1999
Referencia: Expediente 11157
Gaceta 81 pág. 24

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY SUSTANCIAL. Error de hecho en la apreciación objetiva de los testimonios en la acción de pertenencia. Falta de argumentación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M.P.: Dr. Edgardo Villamil Portilla
Sentencia: Mayo 5 de 2005
Referencia. Expediente 7807
Decisión: No casa
Gaceta 149 pág. 39

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY. Como consecuencia de errores de hecho en la apreciación probatoria. La crítica que propone el censor debe ser, de un lado, simétrica, de modo tal que se dirija específicamente a destruir cada uno de los fundamentos fácticos de la sentencia enjuiciada; y de otro, debe ser consistente, es decir, que el mérito de la propuesta tenga virtualidad para excluir la tesis del Tribunal
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno
Sentencia: Octubre 2 de 2001
Referencia: Expediente 6997
Gaceta 105 pág. 19

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY. Como consecuencia de errores de hecho en la apreciación de las pruebas. Exigencias técnicas. Entre dichas exigencias se encuentran las siguientes: la exposición de los fundamentos de la acusación debe hacerse en forma clara y precisa, como lo señala el artículo 374 del Código de Procedimiento Civil, a lo que se opone el ataque genérico e indiscriminado; es necesario que frente a cada prueba, debidamente determinada, la censura demuestre en dónde se halla el error de hecho manifiesto, pues el ataque no puede limitarse a plantear un análisis crítico sobre las conclusiones fácticas del fallador, sin señalar a su vez, en cuáles medios de convicción se presenta el error, dejando esa labor a la iniciativa del juzgador; igualmente debe determinar qué conclusión sacó el tribunal en relación con dichas pruebas, para enseguida especificar qué es, en su criterio, lo que la prueba demuestra, a fin de verificar el error en que incurrió el sentenciador, y que como consecuencia de éste se violaron las normas de derecho sustancial señaladas y el concepto de la violación
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Sentencia: Octubre 29 de 2002
Referencia: Expediente 6902
Decisión: No casa
Gaceta 117 pág. 14

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY. En materia civil. Error manifiesto de hecho en la apreciación de la prueba. Falta de individualización y precisión en la impugnación. Rechazo. Referencia al contrato de seguro
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M.P.: Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno
Sentencia: Junio 3 de 2005
Referencia: Expediente 00535
Decisión: No casa
Gaceta 150 pág. 25

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY. En materia civil. Impugnación de errores en la apreciación probatoria. Rechazo por deficiencias técnicas
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M.P.: Dr. Edgardo Villamil Portilla
Sentencia: Julio 21 de 2005
Referencia. Expediente 5628
Decisión: No casa
Gaceta 151 pág. 28

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY. Error de hecho en la apreciación de las pruebas. Demostración del cargo. Referencia a la acción reivindicatoria
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrado ponente: Dr. Edgardo Villamil Portilla
Sentencia: Diciembre 10 de 2004
Referencia: Expediente 7365
Decisión: No casa
Gaceta 143 pág.
21

VIOLACIÓN INDIRECTA DE LA LEY. Error de hecho en la apreciación probatoria. Valoración del dictamen pericial. Inoperancia por deficiencia técnica en la argumentación del cargo
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M.P.: Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno
Sentencia: Abril 1º de 2005
Referencia: Expediente 0346-01
Decisión: No casa
Gaceta 148 pág. 10

VIOLACIÓN INDIRECTA DE NORMA DE DERECHO SUSTANCIAL. Como consecuencia de error de hecho o de derecho
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Sentencia: Marzo 26 de 2001
Referencia: Expediente 6577
Gaceta 98 pág. 19

VIOLACIÓN INDIRECTA DE NORMAS SUSTANCIALES. Por error de hecho en la apreciación de las pruebas. Exige que el juzgador haya incurrido en una equivocación de juicio en esa actividad, que además de ser ostensible, protuberante, de carácter evidente, sea trascendente, o lo que es lo mismo, que guarde relación de causa a efecto con la decisión judicial que se combate
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Sentencia: Noviembre 19 de 2002
Referencia: Expediente 7001
Decisión: No casa
Gaceta 118 pág. 19

VIOLACIÓN INDIRECTA DE NORMAS SUSTANCIALES. Por error de hecho en la apreciación probatoria. Procedencia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Pedro Lafont Pianetta
Sentencia: Septiembre 12 de 1994
Referencia: Expediente 4377
Gaceta 20 pág. 32

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. Es una conducta que requiere una particular atención por parte del Estado, bien sea porque la naturaleza jurídica del bien demanda la eficaz protección de todos los pertenecientes al núcleo familiar ante cualquier forma de maltrato ejercido sobre ellos, o bien porque los convenios internacionales obligan a Colombia a establecer procedimientos legales adecuados para garantizar a sus miembros más representativos una tutela judicial efectiva. Cuando se acude a algunos de los funcionarios judiciales pidiendo la medida de protección, el objeto de la misma no podrá ser otro que la obtención de alguno, si no todos, de los mecanismos de resguardo y la causa tendrá que estar circunscrita, invariablemente, a los hechos o actos constitutivos de violencia o maltrato, daño físico o síquico, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M.P.: Dr. César Julio Valencia Copete
Sentencia: Junio 10 de 2008
Referencia: Expediente 11001-31-10-004-2000-00832-01
Decisión: No casa
Gaceta 181 pág. 25

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. Juzgado competente para conocer de la solicitud
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil
M. P.: Dr. Jorge Santos Ballesteros
Providencia: Febrero 28 de 1997
Referencia: Expediente 6472
Gaceta 49 pág. 21

VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL. Naturaleza. Definición legal. Aplicabilidad de la prescripción adquisitiva de dominio
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
M. P.: Dr. César Julio Valencia Copete
Sentencia: Abril 12 de 2004
Referencia: Expediente 7077
Decisión: No casa
Gaceta 135 pág. 19

VOCACIÓN HEREDITARIA. Prueba de la calidad de heredero. Diferencia con la prueba del estado civil de las personas
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrado ponente: Dr. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo
Sentencia: Octubre 13 de 2004
Referencia: Expediente 7470
Decisión: No casa
Gaceta 141 pág. 25

VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA FÁCTICA. Como causal de casación en materia civil. Configuración. Inoperancia
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrado ponente: Dr. César Julio Valencia Copete
Sentencia: Mayo 14 de 2007
Referencia: Expediente 03286-01
Decisión: No casa
Gaceta 170 pág. 19

Yacimientos petrolíferos. Forma de acreditar el dominio sobre el subsuelo. Acción reivindicatoria. El derecho constituido sobre yacimientos de petróleo descubiertos y la diferencia con la simple expectativa
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria
Magistrado sustanciador: Dr. Fernando Giraldo Gutiérrez
Sentencia: Septiembre 10 de 2013
Referencia: Expediente 1100131030022000-00754-01
Decisión: No casa
Gaceta 244 pág. 18

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